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martes, 1 de marzo de 2011

Nuestros compañeros de Ecologistas en Acción de la Ribagorza presentan una queja ante el Justicia contra las torres de la Aragón-Cazaril


Acabamos de conocer la noticia y nos apresuramos a ponerla en vuestro conocimiento ya que consideramos que se trata de una queja más que justa e imprescindible (lo que no quita para que, como dijimos en su día, sigamos estudiando las posibilidades de denunciar la presencia de estas viejas infraestructuras por infracción urbanística).
Os dejamos con el cuerpo de la exposición ya que consideramos muy acertada la argumentación que sustenta la citada queja:


ANTECEDENTES

La Plataforma Unitaria contra la Autopista Eléctrica sostiene que:
1.    las torres de alta tensión de la anulada LAT Aragón-Cazaril, (sentencia de 19 de marzo de 1999, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo) son constitutivas de una falta urbanística muy grave por construcción o invasión con estructuras metálicas de 45 m de altura de suelo no urbanizable, tanto público como privado
2.    las torres hubieran debido ser desmanteladas de oficio por la DGA como consecuencia del acatamiento obligado a la STS, en cuyo procedimiento fue la DGA parte recurrente.
En relación con ello, si bien es cierto que en el Fundamento de Derecho 151 de esta resolución judicial se reconocen «los derechos surgidos en los sucesivos acuerdos (del Consejo de Ministros) dictados desde 1986 a 1995 o derivados de los compromisos suscritos con Electricité de France», al haberse celebrado un convenio entre REESA y la sociedad francesa, han quedado anulados por actos propios indiscutibles cualesquiera derechos dimanantes del Consejo de Ministros, sustituidos por el acuerdo al que se refiere de forma expresa el Fundamento de Derecho 101 de la STS, que constata la existencia de tal acuerdo en la fase de prueba del recurso contencioso administrativo TS, Sec. 31, nº 183/1996. Esto ha sido perfectamente conocido por la DGA como parte recurrente del mismo, pero, además, en dicho convenio o acuerdo REESA se compromete a presentar a Electricité de France una nueva alternativa para el trazado que sustituya la anulada línea ARAGÓN-CAZARIL, recibiendo como indemnización una multimillonaria cantidad para compensar a REESA de todos los gastos ocasionados, entre los que deben comprenderse, naturalmente, los producidos por el desmantelamiento de las torres, hecho que nunca se ha cumplido y sobre el cual tiene que proceder de oficio la DGA, siendo así consecuente la DGA con la misma tesis que defendió como parte recurrente de la inviabilidad de la línea ARAGÓN-CAZARIL, como al fin declaró la STS de 19 Marzo 1999, fundada en la pérdida sobrevenida del objeto del proceso, a cuyo Fallo nos remitimos.

Por todo ello no entendemos el calificativo de "dudosa viabilidad" aplicado a la demolición de las torres de alta tensión extraído del dictamen de la Comisión Jurídica Asesora del Gobierno de Aragón y explicitado en la respuesta a la pregunta Núm. 1216/10-VII del Diputado Sr. Fuster Santaliestra al Consejero de Medio Ambiente el 1 de diciembre de 2010, al que, por cierto, tampoco se le ha facilitado dicho dictamen a pesar de haberlo solicitado el pasado mes de octubre.

Por tanto, el que suscribe solicitó por escrito el 14 de enero de 2011 la Copia del Dictamen 2/2000 de la Comisión Jurídica Asesora del Gobierno de Aragón, que fue solicitado en su día por el Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo y emitido con fecha 15 de febrero de 2000, en relación con los procedimientos jurídicos que permitan el cumplimiento de la Proposición no de Ley 11/99-V, referida a las líneas del Alta Tensión Aragón-Cazaril y Graus-Sallente.

Transcurrido un plazo, más que suficiente, para que dicho Departamento hubiera entregado copia de ese documento público al solicitante, éste

SOLICITA:

Tenga por presentado este escrito, atendida su queja y realice cuantas gestiones sean precisas para que pueda ser facilitada al demandante la Copia del Dictamen 2/2000 de la Comisión Jurídica Asesora del Gobierno de Aragón, solicitado por el Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo, emitido con fecha 15 de febrero de 2000, en relación con los procedimientos jurídicos que permitan el cumplimiento de la Proposición no de Ley 11/99-V, referida a las líneas del Alta Tensión Aragón-Cazaril y Graus-Sallente.
 
Acabem de conèixer la notícia i ens apressem a posar-la en el vostre coneixement ja que considerem que es tracta d'una queixa més que justa i imprescindible (el que no treu perquè, com vam dir en el seu moment, seguim estudiant les possibilitats de denunciar la presència d'aquestes velles infraestructures per infracció urbanística).
Us deixem el cos de l'exposició ja que considerem molt encertada l'argumentació que sustenta l'esmentada queixa.

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